Repudian decisión de Juez Ercolini en causa contra Alberto Fernández

14.08.2024
Repudian la decisión del Juez Federal Julián Ercolini de impedir el ingreso de la defensora del expresidente Alberto Fernández, Silvina Carreira, a participar de la audiencia de ampliación de testimonial prestada por la denunciante Fabiola Yánez, en el marco de su denuncia por violencia de género.

 

El comunicado fue dado a conocer por la Asociación Civil de Abogados Penalistas Platenses (ACAPP) que calificó como un hecho gravísimo y atenta contra el derecho de defensa en juicio y el debido proceso.
"El derecho a controlar la prueba y específicamente interrogar a la testigo, denunciante en este caso, surge de la Convención Americana de Derechos Humanos en su artículo 8 inc. 2 f), y 14 Inc. 3 e) del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, ambos con jerarquía constitucional conforme el artículo 75 inc. 22 de la Constitución Nacional" señaló a la Agencia de Noticias Fueros Gonzalo Escaray uno de los integrantes de la ACAPP. El letrado agregó que "Ni la Convención CEDAW, ni la Convención de Belem do Pará, esta última sin jerarquía constitucional, establecen semejante desequilibrio entre las partes de un proceso ni regulan un sistema de valoración de la prueba de manera tasada como se pretende respecto del testimonio de la denunciante en casos como éste. No existe argumento válido alguno para sostener una presunta ´revictimización´ que funcione como excusa para violar la igualdad ante la Ley y el Derecho de Defensa en Juicio, máxime cuando días antes la propia denunciante se dispuso a dar una entrevista ante los medios"
El grupo de profesionales que conforman la Asociación de abogados, señaló que no intentan politizar sobre el caso, ya que solo velan por la defensa del Estado de Derecho de las Instituciones democráticas y por los Derechos Humanos consagrados en las constituciones de la Nación y de la Provincia de Buenos Aires y los Tratados internacionales de Derechos Humanos, independientemente de quién sea el sujeto inculpado del presunto delito.
En un comunicado indican que "este cercenamiento del derecho de defensa en juicio y a la vez, del ejercicio profesional de la colega Carreira, quien pretende realizar una defensa técnica eficaz, resulta impedido ahora por el Poder Judicial quien debe precisamente velar por el cumplimiento de la ley"
Por último, señalan que esta circunstancia no sólo debe acarrear la nulidad absoluta del acto procesal viciado, sino además el apartamiento del funcionario que lo dispuso ya que ha demostrado una parcialidad manifiesta a favor de la denunciante y en desmedro del imputado. "En virtud de lo expuesto exhortamos al Ministerio de Justicia de la Nación, al Poder Judicial Federal, y al Colegio de Abogados de la Capital Federal a velar por las garantías del debido proceso, y el legítimo ejercicio de la profesión de la abogacía, como aseguramiento de las libertades individuales y los valores democrático-republicanos" finalizó el comunicado.